ESPINDOLA, EZEQUIEL ARIEL c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por incapacidad derivada de accidente de trabajo. La Cámara de Apelaciones redujo el porcentaje de incapacidad psíquica reconocido en primera instancia.
Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad psíquica del 10% al 5% de la Tabla de Evaluación de Incapacidades. En consecuencia, el capital indemnizatorio se redujo de $558.194,68 a $463.739,09. El tribunal consideró que si bien el peritaje reconocía un 10% de incapacidad psíquica, este porcentaje resultaba elevado en atención a que los elementos probatorios no mostraban que el daño psicológico fuera exclusivamente vinculable al accidente. Señaló que si bien había signos de personalidad del actor que generaban sintomatología ansiosa, ello no podía ser descartado a efectos indemnizatorios. Por ello, con criterio de razonabilidad, fijó la incapacidad psicofísica total en 8,21% de la Tabla Orientativa. En cuanto a los cuestionamientos sobre la tasa de interés y costas, la Cámara los rechazó por falta de agravio concreto y fundado.
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