DELGADO, MARIO ROBERTO c/ EUROLIMP S.A. Y OTRO s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y elevó el monto de condena.
Despido indirecto
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena a $195.108,20 más intereses. Confirmó el resto de lo resuelto.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Se encuentra acreditada la injuria de gravedad suficiente para justificar el despido indirecto, debido al incumplimiento del pago íntegro de salarios.
- Corresponde la responsabilidad solidaria de Inc S.A. en los términos del art. 30 de la LCT, ya que la limpieza de las instalaciones comerciales es inherente a la actividad del supermercado.
- No corresponde la multa por registración defectuosa, ya que el pago insuficiente de salarios no implica una deficiencia registral.
- No corresponde indemnización por daño moral, pues los incumplimientos alegados son propios de la relación y resarcibles con las indemnizaciones legalmente previstas.
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