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ESCUDERO, OSMAR ADOLFO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente laboral que le causó una quemadura. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó el rechazo de la demanda al no acreditarse limitaciones funcionales ni daño estético.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

El trabajador Osmar Adolfo Escudero demandó a Federación Patronal Seguros S.A. por un accidente laboral que le causó una quemadura en el antebrazo derecho. La sentencia de primera instancia rechazó la acción, lo que motivó el recurso de apelación por parte del trabajador. El tribunal consideró que el planteo recursivo no constituía un verdadero agravio, ya que el recurrente no concretó la medida del supuesto perjuicio. Destacó que, conforme a la ley especial, lo que se indemniza son las limitaciones funcionales, las cuales no fueron acreditadas en la pericia realizada. Respecto al daño estético, si bien se lo tiene en cuenta en caso de quemaduras, el perito médico indicó que no se apreciaban cicatrices ni alteraciones tróficas. Teniendo en cuenta las reglas del onus probandi en el proceso laboral, correspondía al actor acreditar los hechos constitutivos de su pretensión, lo que no ocurrió en el caso. Por ello, se propuso confirmar la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda. En cuanto a las costas, se impusieron en el orden causado en primera instancia en atención a que el trabajador se pudo considerar con mejor derecho a litigar. Los honorarios del representante de Federación Patronal Seguros SA se fijaron en $20.000, mientras que los del perito se confirmaron por ajustarse a las pautas arancelarias.

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