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TAPIA, VICTOR HUGO c/ ASOCIART ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo, la Cámara modificó el porcentaje de incapacidad y el monto de la condena.

Indemnizacion Pericia medica Incapacidad laboral Accidente de trabajo Articulo 477 cpccn

Indemnización por accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó el porcentaje de incapacidad laboral total permanente del 15,30% otorgado en primera instancia, reduciéndolo al 10,55%. En consecuencia, se reduce el monto de la condena a $136.345,88.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El peritaje médico acreditó una lesión meniscal interna en la rodilla derecha del trabajador (5%) y un impacto psíquico (5%), totalizando un 10,55% de incapacidad.
- El artículo 477 del CPCCN establece que la fuerza probatoria del dictamen pericial debe ser evaluada considerando la competencia del perito, los principios científicos en que se funda y la concordancia con las reglas de la sana crítica.
- Por lo tanto, corresponde receptar el agravio de la demandada y modificar la sentencia de primera instancia, reconociendo un 10,55% de incapacidad total.

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