NIZ, CARLOS HERNAN c/ PAN AMERICAN ENERGY LLC SUCURSAL ARGENTINA s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido incausado. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ajustó los montos indemnizatorios.
Indemnizaciones por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y fijó el monto de condena en $418.368, compuesto por la diferencia indemnizatoria impaga ($278.912) más la punición del art. 2 de la Ley 25.323 ($139.456).
Los fundamentos principales son:
- El principio de primacía de la realidad determina que hubo un despido incausado, no una rescisión voluntaria, a pesar de que el actor firmó una escritura pública recibiendo una compensación.
- El reclamo del actor por adicionales remuneratorios (telefonía, vianda, adicional torre) fue parcialmente acogido, computándose la suma de $10.653 como parte de la mejor remuneración.
- No corresponde indemnización por daño moral ante un despido incausado, salvo que existan conductas delictivas.
- Procede la punición del art. 2 de la Ley 25.323 por el pago incorrecto de las indemnizaciones, pero no la del art. 1 por no verificarse clandestinidad laboral.
- Se rechazó el reclamo por horas extras y el adicional por desarraigo por falta de precisión en la prueba.
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