Logo

NAVARRO, LEANDRO ARIEL c/ ASOCIART S.A. ART s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor reclamó reparación sistémica por enfermedad profesional y accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia y dispuso la capitalización anual de los intereses conforme al Código Civil y Comercial.

Capitalizacion de intereses Accidente de trabajo Codigo civil y comercial Enfermedad profesional Reparacion sistemica

Reparación sistémica por enfermedad profesional (posiciones forzadas y gestos repetitivos) y accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la procedencia del reclamo y modificó el modo de capitalización de los intereses, disponiendo su capitalización anual desde la notificación de la demanda, conforme al art. 770 inc. b del Código Civil y Comercial. Fundamentos relevantes:
- Existía denuncia por enfermedad profesional y accidente de trabajo, que no fueron rechazados por la ART, por lo que se tiene por acreditado el nexo causal entre el daño y el trabajo.
- La capitalización de intereses debe realizarse en forma anual desde la notificación de la demanda, de acuerdo a lo establecido en el art. 770 inc. b del Código Civil y Comercial, más allá de la fecha de las contingencias.
- Las tasas de interés fijadas por la CNAT constituyen un criterio equitativo y razonable para compensar al acreedor.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar