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GUTIERREZ OCAMPO, MICAELA JACQUELINE c/ ISOLA, JUAN JOSE (REBELDIA) Y OTRO s/DESPIDO

Demanda por despido en el marco de operaciones de cambio de moneda extranjera en el mercado clandestino. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda por contrato de objeto ilícito.

Despido Operaciones de cambio Mercado paralelo Contrato de objeto ilicito Derecho cambiario

Indemnización por despido y otros créditos laborales

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda. La sentenciante consideró que las actividades de compra-venta de divisas realizadas por la actora en el mercado paralelo o "cuevas" podrían configurar un delito penal cambiario, por lo que el contrato de trabajo cuyo objeto era ilegal no produce efectos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La normativa vigente establece que las operaciones de cambio deben realizarse a través de entidades autorizadas por el BCRA.
- La propia actora reconoció que desarrollaba actividades de compra-venta de moneda extranjera en el mercado clandestino, sin registración del vínculo.
- Un contrato de objeto ilícito no produce consecuencias entre las partes conforme los arts. 38 y 41 de la LCT.
- La apelante no cuestionó la pertinencia, aplicación y validez de las normas citadas por la sentencia de primera instancia.

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