LEGUIZA, ALCIDES WENCESLAO c/ ASOCIART S.A. ART s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por incapacidad laboral permanente parcial derivada de un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que hizo lugar a la demanda y ordenó el pago de la prestación prevista por la Ley 24.557.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El Sr. Alcides Wenceslao Leguiza demandó a ASOCIART SA ART por el pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14, inc. 2, ap. a) de la Ley 24.557 por la incapacidad laboral permanente parcial del 40,64% que sufrió como consecuencia de un accidente in itinere. El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda. ASOCIART SA ART apeló la decisión. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia. Sostuvo que los intereses deben calcularse desde la fecha de consolidación jurídica del daño (05/08/2013), y que la suma abonada parcialmente por la demandada debe imputarse primero a intereses y luego a capital. Rechazó la aplicación de la tasa de interés del Acta CNAT 2357 y confirmó los honorarios regulados.
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