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BOLLINI, MARIA CRISTINA c/ DISTRIBUIDORA AMERICANA DEL RELOJ SUIZO S.A. s/DESPIDO

La actora demandó por despido y la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó su reclamo.

Medicina prepaga Testigos Despido Sanciones Abandono de trabajo Fecha de ingreso

Despido

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó el reclamo de la actora. Concluyó que no hubo abandono de trabajo por parte de la accionante, sino que el vínculo se extinguió por un despido indirecto. Desestimó los agravios de la actora sobre pagos informales y el carácter salarial del rubro "medicina prepaga". También desestimó los agravios de la demandada sobre la fecha de ingreso de la actora, el rechazo de informes para impugnar testigos y la cuantificación de sanciones. Fundamentos principales:
- El abandono de trabajo no se configura cuando el dependiente evidencia su voluntad de continuar el vínculo.
- Los testimonios de los testigos de la actora debilitan la tesis de la demandada sobre la fecha de ingreso.
- El hecho de que los testigos tuvieran juicios pendientes con la demandada no invalida sus testimonios.
- El rubro "medicina prepaga" tiene carácter no remuneratorio.

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