IBAÑEZ, EVA CLAUDIA c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora promovió demanda por accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que receptó en lo principal la demanda, al considerar que los intereses reclamados no pueden suspenderse pese a la quiebra de la aseguradora demandada.
- Actora: Eva Claudia Ibáñez
¿A quién se demanda?
ART Interacción S.A.
- Objeto de la demanda: Accidente de trabajo
- Ley Especial
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, al considerar que los intereses reclamados por la trabajadora no pueden suspenderse pese a la quiebra de la aseguradora demandada.
Fundamentos principales:
- El artículo 129 de la Ley de Concursos y Quiebras, modificado por la Ley 26.684, prevé que la declaración de quiebra no suspende los intereses compensatorios devengados con posterioridad que correspondan a créditos laborales.
- El "crédito laboral" abarca a las acreencias titularizadas por las personas trabajadoras por las derivaciones dañosas de contingencias cubiertas por el artículo 6° de la Ley 24.557.
- Aun cuando el artículo 129 aluda a "intereses compensatorios", la interpretación debe evitar asignar a la ley un sentido que ponga en pugna sus disposiciones, sino que debe adoptarse el criterio que las concilie y suponga la integral armonización de sus preceptos.
- La reforma normativa ha sido la de exceptuar de la suspensión de intereses a los créditos de los trabajadores y las trabajadoras, quienes son sujetos de preferente tutela (art.14 bis CN).
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