WAYAR, JESICA ELISABET c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora obtuvo el reconocimiento de prestaciones dinerarias por un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia y desestimó los agravios de la demandada.
Prestaciones dinerarias por accidente "in itinere" del 17/12/2015.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia que reconoció el derecho de la actora a percibir las prestaciones dinerarias de la ley 24.557 por las secuelas del accidente. Los jueces consideraron que la demandada no cumplió debidamente con la carga de formular una correcta expresión de agravios, limitándose a transcribir observaciones al dictamen pericial sin demostrar que este fuera incorrecto o contrario a principios científicos. Asimismo, resaltaron que corresponde fijar los intereses desde la fecha del accidente y que los honorarios se encuentran razonablemente regulados.
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