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BAIGORRIA, LUIS ANTONIO c/ ESTADO NACIONAL SECRETARIA DE TRANSPORTE Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda para cobrar créditos laborales reconocidos en sentencias anteriores. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y extendió la responsabilidad solidaria a la empresa OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE).

Prescripcion Responsabilidad solidaria Creditos laborales Transferencia de establecimiento Empresas del estado


¿Quién es el actor?

Luis Antonio Baigorria
- Demandados: OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE) y ESTADO NACIONAL -MINISTERIO DEL INTERIOR
- (SECRETARIA DE TRANSPORTE)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de créditos laborales reconocidos en sentencias anteriores

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y extendió la responsabilidad solidaria a SOFSE, por considerar que hubo una sucesión de explotación de las líneas ferroviarias que configuró una transferencia de establecimiento bajo los artículos 225 y 228 de la LCT. Se confirmó el rechazo de la demanda contra el Estado Nacional.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Cámara consideró que SOFSE, como sucesora de la empresa concesionaria TRANSPORTE METROPOLITANO GRAL. SAN MARTIN, debía responder solidariamente por los créditos del actor. Señaló que la exclusión del Estado prevista en el art. 230 LCT no alcanza a las empresas del Estado que se rigen por el derecho privado. Desestimó la excepción de prescripción opuesta por SOFSE por su falta de fundamentación.

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