FRINO, ALEJANDRO LUIS Y OTRO c/ TELECOM ARGENTINA S.A. Y OTRO s/DIFERENCIAS DE SALARIOS
Los actores reclamaron diferencias salariales por bonos de participación en las ganancias. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la inconstitucionalidad del decreto que eximía a las empresas telefónicas de esa obligación, pero mantuvo el cálculo en el 0.50% de las utilidades netas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- Los actores Alejandro Luis Frino y Susana Nelly Monti demandaron a Telecom Argentina S.A. y al Estado Nacional
- Ministerio de Economía, reclamando el pago de bonos de participación en las ganancias previstos en el art. 29 de la Ley 23.696.
- La Cámara confirmó la decisión de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del art. 4 del Decreto 395/92, por contravenir lo establecido en el art. 29 de la Ley 23.696 sobre la obligación de las empresas privatizadas de emitir bonos de participación en las ganancias.
- La Cámara ratificó que el cálculo de los bonos debe realizarse sobre el 0,50% de las utilidades netas de la empresa, de acuerdo a la jurisprudencia de la Corte Suprema en el caso "Gentini".
- Respecto al plazo de prescripción, la Cámara confirmó que es el quinquenal previsto en el Código Civil, aplicable a los créditos anteriores a 2013.
- La Cámara impuso las costas en el orden causado, atendiendo a la complejidad de la cuestión y la existencia de jurisprudencia discordante.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: