FIGUEREDO, RAMON MARCELO c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia de primera instancia y ordenó el descuento de un pago parcial efectuado.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
- Se establece que los intereses se devenguen a las tasas de las Actas 2601/14, 2630/16, 2658/17 y 2764/22, con capitalización anual.
- Se ordena descontar del monto de condena la suma de $211.089,57 abonada en sede administrativa.
- Se confirman los honorarios de la representación letrada de la parte actora, pero se reducen los honorarios del perito médico.
- Las costas de Alzada se distribuyen en el orden causado.
Fundamentos relevantes:
- Sobre la prohibición del anatocismo, el Código Civil y Comercial prevé excepciones, entre ellas cuando la obligación se reclama judicialmente, por lo que corresponde su aplicación.
- Respecto a la tasa de interés, el tribunal consideró adecuado aplicar las pautas fijadas en las Actas de la Cámara, que atienden a la realidad inflacionaria, para mantener el poder adquisitivo del capital adeudado.
- En cuanto al descuento del pago parcial, el tribunal ordenó deducirlo primero de los intereses y luego del capital.
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