ACEVEDO RICARDO c/ MAPFRE ARGENTINA ART S.A. s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
El actor promovió demanda por prestaciones de la ley 24.557 tras sufrir un accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció un mayor monto indemnizatorio a favor del demandante, basado en la actualización del ingreso base mediante el índice RIPTE.
Prestaciones dinerarias de la ley 24.557 por accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y estableció que Galeno ART SA debe pagar a Acevedo una indemnización actualizada por RIPTE, con intereses desde la fecha del accidente.
Fundamentos principales:
- La jueza de primera instancia había calculado la indemnización en base a la edad del actor al momento del accidente (44 años), pero el tribunal consideró correcta la edad de 42 años.
- El tribunal aplicó el art. 12 de la ley 24.557 según el texto del decreto 669/19, que actualiza el ingreso base mensual por el índice RIPTE, por resultar más beneficioso para el trabajador que la aplicación estricta de la ley 24.557.
- Los intereses se calculan de dos formas: desde el accidente hasta la liquidación, a una tasa de interés puro del 6% anual; y desde la liquidación hasta el pago efectivo, a la tasa activa del Banco Nación.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: