VERA, JOSE ESTEBAN c/ ELECTRO CHANCE S.R.L. s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia para ajustar la fijación de intereses y regular los honorarios profesionales.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la fijación de intereses, que deberán capitalizarse anualmente a partir de la notificación de la demanda. Asimismo, reguló nuevos honorarios profesionales.
Los fundamentos principales fueron:
- Para aplicar el art. 247 LCT, el empleador debe acreditar la configuración de una crisis de carácter general que afectó a su economía y probar que adoptó medidas para paliar sus efectos, lo cual no ocurrió en este caso.
- Respecto a los intereses, la Cámara consideró que la aplicación lineal de tasas no compensa adecuadamente la pérdida del valor adquisitivo de la moneda, por lo que dispuso la capitalización anual a partir de la notificación de la demanda.
- En cuanto a los honorarios, la Cámara los reguló en porcentajes del monto de condena y en Unidades de Medida (UMAs).
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