Logo

AMAYA, RAMON OSCAR c/ FIDEICOMISO TRANSPORTE VICTORIA Y OTRO s/CERTIF. TRABAJO ART. 80 LCT

El actor reclamó la entrega de certificados de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la condena solidaria del Fideicomiso y la representante legal al pago de los créditos laborales.

Responsabilidad Buena fe Fiduciario Certificados de trabajo Relacion laboral extinguida

Entrega de certificados de trabajo conforme art. 80 LCT

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la condena solidaria del Fideicomiso y la representante legal Buenhaora al pago de los créditos laborales. Señaló que Buenhaora, en su carácter de fiduciaria, debía ocuparse de la entrega de la documentación requerida y no eximirse de su responsabilidad. Consideró que Buenhaora no actuó como un "buen hombre de negocios" conforme la normativa civil y el principio de buena fe. Fundamentos principales:
- El art. 1674 del CCCN fija la responsabilidad del fiduciario, quien debe cumplir sus obligaciones con la prudencia y diligencia del buen hombre de negocio.
- Buenhaora tenía conocimiento del reclamo del actor y de la obligación del Fideicomiso de entregar los certificados, por lo que en su carácter de fiduciaria debía ocuparse de su entrega.
- La conducta de Buenhaora no se ajustó al principio de buena fe del art. 62 LCT.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar