VIGIL, AURELIA LUISA c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO DECISION COMISION MEDICA CENTRAL
La trabajadora reclamó que su intoxicación por cobre no fue reconocida como enfermedad profesional, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó que no se constató exposición al agente de riesgo en su lugar de trabajo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La trabajadora Aurelia Luisa Vigil demandó a la ART Asociart S.A. reclamando que su intoxicación por cobre sea reconocida como enfermedad profesional. La Comisión Médica Central había resuelto que la patología no reunía los requisitos para ser calificada como enfermedad profesional, ya que no se halló exposición al agente de riesgo (cobre) en el ámbito laboral de la trabajadora. En la apelación, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo consideró que en sede administrativa se respetaron las reglas del debido proceso, y que el estudio de Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) realizado no detectó la presencia del agente de riesgo invocado en el puesto de trabajo de la actora. Señalaron además que el informe toxicológico aportado por la trabajadora no resultó relevante ante la falta de constatación in situ de la exposición al cobre. Por lo tanto, confirmaron el rechazo de la calificación de la dolencia como enfermedad profesional.
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