NOVOA HUAMAN, ALAN ANDRES AMADOR c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor reclamó indemnización por incapacidad psicológica derivada de un accidente laboral. La Cámara modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica reconocido.
Indemnización por incapacidad psicológica derivada de accidente laboral
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica reconocido, considerando que ésta debe guardar proporcionalidad con el daño físico verificado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Como criterio general, es razonable sostener alguna proporcionalidad entre daño físico y psicológico, dado que este último es consecuencia del primero. Si bien el impacto psicológico es diferente en cada persona, esa correspondencia debería establecerse con algún criterio de razonabilidad. El daño psicológico está intrínsecamente ligado a la existencia de una minusvalía física de tal envergadura, que amerite ponderar que la incapacidad origina un padecimiento en la psiquis del accidentado. En el caso, al ser exiguo el daño físico verificado, no corresponde receptar el daño psicológico en la dimensión estimada por el galeno."
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