RODRIGUEZ, VERONICA INES c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones confirma parcialmente la sentencia de primera instancia y ordena el pago de intereses y costas por el Fondo de Reserva de la LRT.
Accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia. Estableció que el Fondo de Reserva de la LRT, administrado por la Superintendencia de Seguros de la Nación, debe pagar los intereses devengados desde la exigibilidad del crédito, así como las costas del proceso. La Cámara resaltó que la ley 26.684 exceptúa de la suspensión del curso de intereses a los créditos laborales, por lo que éstos deben pagarse hasta el efectivo pago, más allá de la liquidación de la ART. Asimismo, consideró que el Decreto 1022/17, que excluía al Fondo de Reserva de responder por las costas, no puede tener efectos retroactivos.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: