CONTRERAS, LILIAN SOLEDAD c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajadora accidentada impugna valoración de incapacidad y cálculo de intereses. La Cámara confirma la sentencia de primera instancia con modificaciones en la aplicación de los intereses.
Indemnización por accidente de trabajo (caída que le produjo fractura de peroné, rodilla y maléolo)
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirma la sentencia de primera instancia con la salvedad de modificar la aplicación de los intereses, los cuales deberán aplicarse conforme lo dispuesto en la Ley 27.348. Asimismo, establece que los intereses se capitalizarán según lo dispuesto en el art. 770 inc. b) del Código Civil y Comercial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara señala que los baremos del Dec. 659/96 no son taxativos y el juez puede apartarse de ellos si las circunstancias del caso lo ameritan. Además, indica que el juez tiene facultades para valorar el dictamen pericial médico, adherir o no a sus conclusiones. Respecto a los intereses, la Cámara aplica lo dispuesto en la Ley 27.348, que determina la forma y el momento en que deben aplicarse.
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