AVESILLA, BRIAN NICOLAS c/ LIDERAR ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia en cuanto a la aplicación de intereses.
Indemnización por accidente de trabajo (Ley 24.557)
¿Qué se resolvió?
Se confirma la sentencia de primera instancia en lo principal y se modifica en cuanto a la aplicación de intereses. Se establece que la acreencia se cuantificará según el régimen de la Ley 24.557 modificada por el DNU 669/2019, con interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente. Se aclara que la responsabilidad del Fondo de Reserva no se extiende a costas y gastos.
Los fundamentos principales son:
- La aplicación del Acta CNAT 2764/2022 sobre capitalización anual de intereses no procede, debiendo regir el Código Civil y las pautas establecidas por el Máximo Tribunal.
- Para cuantificar la acreencia, corresponde aplicar el régimen de la Ley 24.557 según el texto del DNU 669/2019, que establece la actualización por el índice RIPTE (sin intereses) y luego un interés puro del 6% anual.
- La responsabilidad del Fondo de Reserva creado por la Ley 24.557 no se extiende a costas y gastos, de conformidad con el Decreto 1022/2017.
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