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MARTINEZ ROMINA VANESA c/ RIMEIK S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo y condenó solidariamente a las socias gerentes de la demandada.

Despido indirecto Fraude laboral Horas extras Responsabilidad solidaria de socios y administradores Registracion de contrato de trabajo

Despido indirecto, horas extras, correcta registración del contrato de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo del actor. Consideró acreditados los pagos sin registración, las tareas de diseño y las horas extras. Aplicó la presunción del art. 55 LCT por la falta de registración del contrato y condenó solidariamente a las socias gerentes en virtud de los arts. 54, 59 y 274 LSC por el fraude laboral.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El art. 116 L.O. exige que el recurso contenga una crítica concreta y razonada de la sentencia apelada, lo cual no se cumplió.
- Pese a ello, analizó la cuestión de fondo. Consideró que estaba acreditada la real jornada de trabajo, categoría y pagos sin registración, aplicando la presunción del art. 55 LCT.
- Respecto a la responsabilidad solidaria de las socias gerentes, entendió que correspondía en tanto constituía un fraude laboral y que la indebida registración del contrato era un ardid para evadir obligaciones legales.

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