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ODERIZ JULIO CESAR c/ COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS VICTORIA SOCIEDAD ANONIMA s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo en base a la ley 24.557. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia en lo relativo a la metodología de cálculo de los intereses que deben adicionarse al capital de condena.

Intereses Accidente de trabajo Codigo civil y comercial Actualizacion Anatocismo Ley 24 557 Ripte


¿Quién es el actor?

Julio César Oderiz

¿A quién se demanda?

Compañía Argentina de Seguros Victoria Sociedad Anónima

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Accidente de trabajo
- Ley 24.557

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto al criterio de cálculo de los intereses, los cuales deberán determinarse conforme lo dispuesto en el voto del Dr. Catani.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Cámara consideró que el decreto 669/2019 establece un sistema de actualización de las prestaciones dinerarias por accidente de trabajo basado en la variación del índice RIPTE, y que ello constituye una excepción a la prohibición general de indexación.
- Respecto al período anterior a la liquidación del art. 132 LO, se aplicará un interés moratorio puro del 6% anual.
- A partir de la liquidación del art. 132 LO, se aplicará el interés previsto en el art. 770 inc. c) del CCyC.

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