TORRES, CONSTANCIA FIDELIA c/ INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS s/DESPIDO
La actora reclamó por despido, y la Cámara confirmó que entre las partes existía una relación de dependencia laboral, desestimando los agravios de la demandada.
¿Quién es el actor?
Constancia Fidelia Torres
¿A quién se demanda?
Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo, al considerar que entre las partes existía una relación de trabajo subordinada, aplicando la presunción del art. 23 de la LCT. La Cámara rechazó los argumentos de la demandada sobre la inexistencia de subordinación por tratarse de una profesional liberal.
Fundamentos relevantes:
- La demandada no logró desvirtuar la presunción del art. 23 LCT, al no aportar prueba suficiente que permita concluir que la relación no era de naturaleza laboral.
- El hecho de que la actora fuera una profesional universitaria no obsta a la posibilidad de establecer una relación laboral dependiente, siendo un fenómeno cada vez más común.
- El pago mediante facturación no altera la naturaleza jurídica de la relación, debiendo aplicarse el principio de primacía de la realidad.
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