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BRITEZ, JORGE OSCAR c/ CLEVERMAN S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra sus empleadores. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró a la empresa Transportes Levon SRL como empleadora directa, con responsabilidad solidaria de la intermediaria Cleverman SRL, y también confirmó la condena solidaria de Cervecería y Maltería Quilmes S.A.I.C.A.Y.G. al amparo del art. 30 LCT.

Capitalizacion de intereses Responsabilidad solidaria Despido Art 30 lct Art 29 lct Art 770 ccycn

Despido

¿Qué se resolvió?


- Se consideró a Transportes Levon S.R.L. como empleadora directa del actor, con responsabilidad solidaria de Cleverman S.R.L. (art. 29 LCT).
- Se confirmó la condena solidaria de Cervecería y Maltería Quilmes S.A.I.C.A.Y.G. al amparo del art. 30 LCT.
- Se dispuso la capitalización de intereses según art. 770 CCyCN. Fundamentos principales:
- La juzgadora consideró que Transportes Levon S.R.L. fue el real empleador del actor, pese a que Cleverman S.R.L. aparecía como empleador formal, aplicando el art. 29 LCT.
- Respecto a Cervecería y Maltería Quilmes S.A.I.C.A.Y.G., se consideró que la carga y descarga de mercaderías y su transporte es una actividad indispensable para el desarrollo de su objeto, por lo que corresponde la responsabilidad solidaria prevista en el art. 30 LCT.
- Se aplicó la capitalización de intereses conforme al art. 770 CCyCN.

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