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NICOLINI, ROSA SUSANA c/ JARDIN DEL PILAR S.A. s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que consideró justificado el despido indirecto por falta de pago de la remuneración.

Despido indirecto Multa art 80 lct Presuncion art 57 lct Multa art 2 ley 25 323 Falta de pago de remuneracion


¿Quién es el actor?

Rosa Susana Nicolini

¿A quién se demanda?

Jardín del Pilar S.A.
- Objeto de la demanda: Despido indirecto
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia que consideró justificado el despido indirecto, al haber acreditado la falta de pago de la remuneración de abril de 2017 por parte de la demandada. El tribunal señaló que la demandada no logró desvirtuar la presunción del art. 57 LCT sobre el incumplimiento del deber de pago, al no haber acompañado el recibo de pago ni otro comprobante que acreditara el depósito salarial de ese período. Asimismo, confirmó el incremento indemnizatorio del art. 2 Ley 25.323 y la multa del art. 80 LCT. Fundamentos principales: "Aunque la demandada da a entender que pagó la remuneración de 04/2017, su falta de respuesta a la intimación que recibió el 10/05/2017 activó la presunción del art. 57 de la LCT en relación con el incumplimiento que se le ha imputado del deber previsto en el art. 74 de la LCT. Dicha presunción no ha sido desactivada por prueba en contrario, ya que la empresa no acompañó copia del recibo de 04/2017 ni acreditó el hecho del pago por medio de informe bancario, tal como lo prevé el art. 125 de la LCT".

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