RAIC, HERNAN PABLO c/ S.A. LA NACION s/DESPIDO
El actor promovió demanda por despido. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó parcialmente la sentencia, elevando el monto de condena y disponiendo que la demandada cumpla con la obligación de entregar el certificado de trabajo.
Indemnizaciones por despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente a los recursos de ambas partes. Confirmó que la demandada fue la empleadora directa del actor desde el inicio de la relación laboral, y le hizo lugar a las multas de los arts. 1° de la ley 25.323 y 80 LCT. Modificó la tasa de interés aplicable y los honorarios de la defensa de la demandada.
Fundamentos relevantes:
- La accionada no acreditó las "exigencias extraordinarias y transitorias" que justificaran la contratación del actor a través de una empresa de servicios eventuales, por lo que rige el principio de empleadora directa.
- El pago del plan de la prepaga por parte de la empleadora es un "beneficio social" no remuneratorio.
- Procede la multa del art. 1° de la ley 25.323 ante la falta de registro oportuno del contrato de trabajo.
- Se aplicará la tasa de interés con capitalización anual según criterio uniforme de la Cámara.
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