PIZZIO, BRIAN ARIEL c/ TEXTURAS Y DISEÑOS S.A. Y OTRO s/DESPIDO
Trabajador demandó por despido y la Cámara confirmó que el recurso de apelación no es admisible por el monto reclamado.
Despido
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró mal concedido el recurso de apelación interpuesto por el actor contra la sentencia de primera instancia, por cuanto el monto reclamado no supera el umbral mínimo de apelabilidad establecido en el art. 106 de la Ley Orgánica. Confirman la imposición de costas al actor vencido y la regulación de honorarios a los profesionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- El art. 106 de la Ley Orgánica establece que serán inapelables las sentencias y resoluciones cuando el valor cuestionado no exceda las 300 veces el importe del derecho fijo previsto en la Ley 23.187.
- En este caso, el monto reclamado por el actor no supera dicho umbral, por lo que corresponde declarar mal concedido el recurso de apelación.
- Para determinar la apelabilidad, no se incluyen los intereses, por ser accesorios de la condena.
- Corresponde confirmar la imposición de costas al actor vencido y la regulación de honorarios a los profesionales.
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