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SANCHEZ, KAREN XIMENA c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ajustó el cálculo del porcentaje de incapacidad y la tasa de interés aplicable.

Tasa de interes Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Honorarios profesionales Accidente in itinere Capitalizacion

Indemnización por accidente in itinere sufrido el 31/05/2021, que le generó lesiones físicas y psíquicas.
- Decisión:
- Se confirma la incapacidad psíquica del 10% determinada por el perito médico.
- Se modifica el cálculo del porcentaje de incapacidad total, que asciende al 19,75%.
- Se modifica la tasa de interés, debiendo aplicarse la tasa prevista en el Acta CNAT 2658 con capitalización anual conforme Acta 2764.
- Se regulan los honorarios profesionales. Fundamentos relevantes:
- El perito médico acreditó de manera adecuada la incapacidad psíquica del 10% sufrida por la actora como consecuencia del accidente.
- El cálculo correcto de la incapacidad total es del 19,75%, correspondiendo el 5% por lesión del miembro más hábil, más el 10% de incapacidad psíquica, con los factores de ponderación.
- La declaración de inconstitucionalidad de las normas que vedan la indexación es improcedente, debiendo aplicarse la tasa de interés prevista en la ley 27.348, con capitalización anual.

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