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PRIETO, DANTE JOSE c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y actualizó el monto indemnizatorio aplicando el régimen establecido por el decreto 669/2019.

Costas Honorarios Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Ripte Decreto 669 2019


- Actor: José Dante Prieto
- Demandado: ART Interacción S.A.
- Objeto: Indemnización por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de primera instancia. Confirmó el porcentaje de incapacidad psicológica fijado por el perito y ordenó calcular la indemnización aplicando el régimen establecido por el decreto 669/2019, que dispone la actualización del crédito a través del índice RIPTE. Fundamentos relevantes:
- La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad psicológica fijado por el perito médico, al no encontrar argumentos para apartarse de su dictamen especializado.
- En cuanto a los intereses, la Cámara estableció que deben calcularse desde la fecha del accidente hasta la fecha de la liquidación definitiva, aplicando el régimen del decreto 669/2019 que dispone la actualización por RIPTE.
- Respecto a las costas, la Cámara las impuso a la demandada por ser la parte vencida.
- Sobre los honorarios, la Cámara los elevó considerando el mérito, eficacia y extensión de los trabajos realizados.

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