LEDESMA, ISMAEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Trabajador demanda accidente de trabajo y obtiene modificación del cálculo de intereses por la Cámara.
Accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara modifica la sentencia de primera instancia en cuanto al cálculo de intereses. Establece que se aplicarán las tasas previstas en el Acta 2764 de la Cámara Nacional del Trabajo, con capitalización anual desde la notificación de la demanda, con un límite objetivo de actualización por IPC más una tasa de interés del 6% anual.
- Fundamentos relevantes:
- La tasa de interés debe compensar el deterioro del crédito laboral y evitar que el transcurso del tiempo lo convierta en irrisorio. Por ello, debe aplicarse una tasa que refleje la realidad económica y financiera.
- Si bien la prohibición del anatocismo es de orden público, existen casos permitidos por ley que deben aplicarse para mantener el valor del capital.
- La Cámara ha establecido en el Acta 2764 un criterio equitativo y razonable de capitalización anual de intereses, que debe aplicarse salvo que la suma resultante sea desproporcionada, en cuyo caso se establece un límite objetivo de actualización por IPC más 6% anual.
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