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CERUTI, EMILIANO ROMAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia al aplicar el régimen de actualización por RIPTE del Decreto 669/2019.

Intereses Accidente de trabajo Ley de riesgos del trabajo Costas y honorarios Actualizacion por ripte

Indemnización por accidente de trabajo.
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia al disponer que el capital indemnizatorio se actualice por el índice RIPTE desde la fecha del accidente hasta la liquidación definitiva, y que luego se aplique un interés puro del 6% anual. La Cámara también confirmó la procedencia de la indemnización. Fundamentos principales:
- La Cámara consideró que en casos de indemnizaciones de la Ley de Riesgos del Trabajo, corresponde aplicar el régimen especial de actualización por RIPTE establecido en el Decreto 669/2019, que mejora las prestaciones de los trabajadores.
- Respecto a los intereses, la Cámara entendió que al actualizarse el capital por RIPTE, la tasa de interés debe ser un interés puro, sin otros componentes, a fin de evitar distorsiones en el cálculo.
- La Cámara impuso las costas a la demandada y reguló los honorarios de las partes y peritos.

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