VILLALOBOS LOPEZ, BRANNIER c/ FISAMPRO S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El actor promovió demanda por cobro de diferencias salariales y reclamos accesorios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia aumentando los montos indemnizatorios por aplicación de la sanción prevista en el art. 132 bis de la LCT.
- Actor: Brannier Villalobos López
- Demandado: Fisampro S.R.L. y otros
- Objeto: Cobro de diferencias salariales, reclamos accesorios y aplicación de sanción prevista en art. 132 bis LCT
- Decisión: La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia, haciendo lugar al reclamo de diferencias salariales y aplicando la sanción del art. 132 bis de la LCT por retención indebida de aportes. Limitó la responsabilidad solidaria de los socios-gerentes Fidel Ángel Domingo y Santiago Domingo.
Fundamentos relevantes:
- La empleadora no acreditó la jornada de trabajo parcial alegada, por lo que correspondía el pago de la remuneración por la jornada completa.
- Probada la retención indebida de aportes, corresponde la aplicación de la sanción del art. 132 bis LCT, con montos desde septiembre de 2020 hasta acreditación del ingreso de los aportes retenidos.
- Los socios-gerentes responden solidariamente por las acreencias derivadas de la retención indebida de aportes.
- Las costas y honorarios se imponen íntegra y solidariamente a los demandados, con salvedad de la responsabilidad de las personas humanas.
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