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FIGUEIRA, MARIA AMELIA c/ COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE CNRT s/DESPIDO

La actora demandó por despido contra la Comisión Nacional de Regulación del Transporte. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que hizo lugar parcialmente a la demanda.

Locacion de servicios Relacion laboral Despido Ley 25 345 Ley de contrato de trabajo Indemnizaciones Ley 24 013 Ley 25 323


- Actor: María Amelia Figueira
- Demandado: Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)
- Objeto: Demanda por despido El tribunal de primera instancia consideró que la CNRT utilizó figuras jurídicas autorizadas legalmente para encubrir una designación permanente bajo la apariencia de un contrato de locación de servicios, por lo que hizo lugar parcialmente a los rubros indemnizatorios reclamados. La Cámara confirmó la sentencia apelada, rechazando los agravios de la demandada sobre la existencia de la relación laboral y la procedencia de las indemnizaciones previstas en las leyes 25.323, 24.013 y 25.345. Sin embargo, revocó la indemnización del art. 9 de la Ley de Empleo por falta de acreditación del cumplimiento de los requisitos legales. Los fundamentos principales fueron:
- La demandada no acreditó los extremos necesarios para considerar que existió una relación de empleo público bajo la modalidad de contratos de locación de servicios.
- Confirmada la relación laboral, corresponden las indemnizaciones por despido, art. 2 ley 25.323 y art. 80 LCT.
- No corresponde la indemnización del art. 9 de la Ley de Empleo al no acreditarse el cumplimiento de los requisitos legales.
- Los honorarios regulados a la representación letrada y perito contador se consideraron razonables.

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