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MARTINEZ BRITEZ, JOSE ROBERTO c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por incapacidad psicológica derivada de dos accidentes de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral modificó la sentencia y reconoció una incapacidad psicológica del 10% de la T.O.

Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Dano psiquico Cargas probatorias Reaccion vivencial anormal neurotica

Indemnización por incapacidad psicológica derivada de dos accidentes de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y reconoció una incapacidad psicológica del 10% de la T.O. con base en el informe médico y psicodiagnóstico, considerando la presunción favorable al trabajador ante la falta de prueba de la aseguradora. Se fijó el monto indemnizatorio en $85.166,83.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- El psicodiagnóstico acreditó un cuadro de Reacción Vivencial Anormal Neurótica Grado II, con alteraciones del estado de ánimo y angustia, que provocaron una incapacidad psicológica del 10% de la T.O.
- La aseguradora tuvo una posición negacionista y generalizada, refiriéndose a hechos y siniestros ajenos al caso, sin desvirtuar la prueba aportada.
- Corresponde aplicar las reglas de la carga dinámica de la prueba, por lo que recaía sobre la ART el deber de acreditar el buen estado de salud previo del trabajador.
- El daño psicológico merece tutela autónoma, más allá de la incapacidad física.

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