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VIGLIONE, ENZO GASTON c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE EDIFICIOS DE RENTA Y HORIZONTAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/DESPIDO

El trabajador demandó a la obra social por despido, y la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Laboral confirmó la sentencia que condenó a la demandada al pago de las indemnizaciones por despido indirecto.

Costas Honorarios Relacion de dependencia Despido indirecto Expediente electronico Presuncion art 23 lct

Despido indirecto
- Decisión: La Cámara confirmó la sentencia que tuvo por acreditada la relación de dependencia y condenó a la demandada al pago de las indemnizaciones por despido indirecto. Los jueces destacaron que:
- La normativa legal vigente autoriza la utilización de expedientes electrónicos y comunicaciones digitales con la misma eficacia que los convencionales, y las cuestiones sobre su regularidad ya fueron resueltas.
- No se verificaron vicios procesales que generen nulidad o indefensión, más allá de la conducta obstructiva de la demandada.
- Los testimonios aportados y la prueba bancaria acreditan suficientemente la relación de dependencia, por lo que corresponde aplicar la presunción del art. 23 LCT.
- La demandada no pudo desvirtuar la presunción de existencia de la relación laboral.
- No amerita producir la prueba pericial solicitada ni abordar otras cuestiones planteadas, pues lo decidido resulta lógico e incuestionable.

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