SUAREZ, BERNARDO ROMAN c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El trabajador promovió demanda por accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que los intereses se calculen de manera compuesta a partir del 1ro de enero de 2023.
Accidente de trabajo y determinar el comienzo del plazo para el pago de intereses
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, aplicando intereses simples hasta el 1ro de enero de 2023 y a partir de entonces, intereses compuestos.
- Fundamentos principales:
- El art. 2 de la Ley 26.773 establece que los intereses se computan desde el evento dañoso.
- Sin embargo, si bien el pleno de la CNAT emitió el Acta 2764 estableciendo la aplicación de intereses compuestos, ello no puede aplicarse retroactivamente a situaciones consolidadas o consentidas.
- Se debe respetar la situación consolidada por la sentencia de primera instancia, limitando la aplicación del interés compuesto solo a los períodos posteriores al 1ro de enero de 2023.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: