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GALLI, MAXIMILIANO c/ ISOLUX INGENIERIA S.A.(QUIEBRA) Y OTROS s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido indirecto. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y aplicó capitalización anual de intereses desde la notificación de la demanda.

Capitalizacion de intereses Responsabilidad solidaria Union transitoria de empresas Despido indirecto


- Actor: Maximiliano Galli
- Demandados: Grupo Isolux Corsan S.A. y otros (UTE), Isolux Ingeniería S.A., Tecna Estudios y Proyectos de Ingeniería S.A. e Isolux Corsan Argentina S.A.
- Objeto: Cobro de indemnización por despido indirecto, demás rubros y agravamientos legales.
- Decisión: Se hizo lugar al despido indirecto reclamado por el actor. La Cámara modificó la sentencia y aplicó capitalización anual de intereses desde la notificación de la demanda.
- Fundamentos:
- El contrato no se extinguió por voluntad concurrente de las partes conforme art. 241 LCT, ya que no hubo comportamiento concluyente que traduzca inequívocamente el abandono de la relación.
- La UTE incumplió sus obligaciones, lo que configuró una injuria que habilitó la denuncia del contrato por el trabajador.
- Los integrantes de la UTE responden solidariamente por las obligaciones laborales conforme art. 26 LCT.
- Se aplicará capitalización anual de intereses desde la notificación de la demanda conforme art. 770 CCCN.

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