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ORDOÑEZ, JAIRO EMANUEL c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente de trabajo sufrido mientras realizaba sus labores habituales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y admitió el porcentaje de incapacidad informado por el perito médico.

Accidente de trabajo Baremo Incapacidad parcial y permanente Dano resarcible Trato igualitario

Indemnización por accidente de trabajo sufrido en enero de 2021
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y admitió el porcentaje de incapacidad del 10% informado por el perito médico, ordenando el pago de la correspondiente indemnización. Fundamentos principales:
- El baremo del decreto 659/96 no prevé porcentaje de incapacidad para la patología del trabajador, pero ello no obsta a que se considere un daño resarcible en el marco de la ley especial, a fin de garantizar un trato igualitario de los trabajadores accidentados.
- Corresponde aceptar el porcentaje sugerido por el perito médico, ya que su informe, al haber revisado personalmente al trabajador y analizado los estudios complementarios, merece pleno valor convictivo.
- La ausencia de resarcimiento por un daño efectivo comprometería la responsabilidad estatal en el orden internacional y violaría la tutela especial que la Constitución Nacional otorga a la persona trabajadora.

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