ORDOÑEZ, JAIRO EMANUEL c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por accidente de trabajo sufrido mientras realizaba sus labores habituales. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y admitió el porcentaje de incapacidad informado por el perito médico.
Indemnización por accidente de trabajo sufrido en enero de 2021
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y admitió el porcentaje de incapacidad del 10% informado por el perito médico, ordenando el pago de la correspondiente indemnización.
Fundamentos principales:
- El baremo del decreto 659/96 no prevé porcentaje de incapacidad para la patología del trabajador, pero ello no obsta a que se considere un daño resarcible en el marco de la ley especial, a fin de garantizar un trato igualitario de los trabajadores accidentados.
- Corresponde aceptar el porcentaje sugerido por el perito médico, ya que su informe, al haber revisado personalmente al trabajador y analizado los estudios complementarios, merece pleno valor convictivo.
- La ausencia de resarcimiento por un daño efectivo comprometería la responsabilidad estatal en el orden internacional y violaría la tutela especial que la Constitución Nacional otorga a la persona trabajadora.
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