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RODRIGUEZ, ALEJANDRO MAXIMILIANO c/ FEDERACION PATRONAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor impugnó el porcentaje de incapacidad reconocido. La Cámara modificó el fallo y aumentó el porcentaje de incapacidad acreditada.

Pericia medica Incapacidad Revision judicial Accidente in itinere Factores de ponderacion

Cuantificación de incapacidad por accidente in itinere.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revisó la pericia médica y aumentó el porcentaje de incapacidad al 10,7% de la t.o., considerando un 7% por limitación de movilidad en tobillo izquierdo y 3% por afectación psicológica. Además, aplicó los factores de ponderación correspondientes. Confirmó lo demás resuelto en primera instancia. Extractos relevantes: "En razón de lo expuesto, se revisará el pronunciamiento, aceptándose el informe pericial respecto de la limitación de la movilidad en tobillo izquierdo, que asciende a un 7% y reconociéndose un gravamen del 3% por el impacto del evento en la esfera psicológica, lo cual totaliza un 10% de incapacidad (arts. 386 y 477 CPCCN). A ello se agregarán los siguientes factores de ponderación, (tipo de actividad, intermedia, 5% según comisión médica; y 2% por edad), ascendiendo el nuevo guarismo a 10,7% de la t.o." "Quedan, de esta manera, resueltos los puntos acercados por las partes en sus memoriales recursivos, vinculados con los tópicos examinados."

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