MEZA PORTILLO, ROCIO LILIANA c/ MARUF LIMP S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
El trabajador apela la resolución que tuvo por no presentada la demanda contra determinados codemandados. La Cámara confirma lo decidido por considerar razonable la decisión del juez de primera instancia.
El trabajador Rocio Liliana Meza Portillo demandó a Maruf Limp S.R.L. y otros por despido. El juez de primera instancia tuvo por no presentada la demanda contra Maruf Limp S.R.L., Mariano Longuera y Diana Noemí Bogarin, por cuanto el trabajador no logró notificarles la demanda a pesar de los intentos realizados. El trabajador apeló esa resolución, argumentando que la decisión fue arbitraria ya que la falta de notificación no le era imputable. La Cámara consideró que el recurso era procedente desde el punto de vista procesal, ya que estaba en juego la integración de la litis. Sin embargo, lo desestimó en lo sustancial, por considerar razonable la decisión del juez de primera instancia. Ello en virtud de que el juzgador había intimado al trabajador a devolver las cédulas ley 22.172 sin que éste lo hiciera ni solicitara prórroga, y de que en el proceso ya habían fracasado otros intentos de notificación a esos codemandados. La Cámara resolvió desestimar el recurso del trabajador, confirmando la resolución de primera instancia.
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