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VALDEZ, VICTOR DARIO c/ ASOCIART ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad.

Intereses Incapacidad Principio de congruencia Accidente in itinere Perdida de capacidad laboral

Accidente in itinere, con lesión en rodilla derecha
- Decisión: La Cámara modificó la sentencia de primera instancia, reduciendo el porcentaje de incapacidad al 18,72% de la t.o. y recalculando la indemnización en $473.269,25. Dejó sin efecto lo relativo a la afección psicológica y ordenó la capitalización de intereses. Fundamentos principales:
- La afección psicológica no fue sometida a consideración de la Comisión Médica, por lo que no puede ser analizada en esta instancia, respetando el principio de congruencia.
- El cálculo de la indemnización debe ajustarse a lo determinado por el perito contador, actualizado por el índice RIPTE.
- Los intereses deben aplicarse conforme la tasa activa del Banco de la Nación Argentina, sin aplicar los intereses sugeridos por la Cámara en actas anteriores.

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