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SOTOMAYOR GIMENEZ, PAULINA MIRIAN c/ OBRA SOCIAL DE LA UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA s/DESPIDO

La actora promovió demanda por despido indirecto y reclamó indemnizaciones derivadas del vínculo. La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo modificó la sentencia y aumentó los montos indemnizatorios.

Dano moral Mobbing Indemnizaciones laborales Despido indirecto Pagos en negro Registracion de fecha de ingreso


¿Quién es el actor?

Paulina Miriam Sotomayor Gimenez

¿A quién se demanda?

Obra Social de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido indirecto y reclamo de indemnizaciones

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de primera instancia y elevó el monto de condena. Confirmó la acreditación del deficiente registro de la fecha de ingreso, la procedencia del reclamo por "mobbing" y el daño moral. Revocó el rechazo al reclamo por pagos en negro y la multa del art. 10 de la Ley 24.013. Fijó nuevos montos indemnizatorios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- Se acreditó que la actora ingresó a trabajar el 1/3/1990 y no la fecha registrada de 1/1/1994.
- La actora sufrió hostigamiento y maltrato por parte de un jerárquico, configurándose un caso de "mobbing" que causó daño moral.
- Correspondía reconocer los pagos en negro y la multa del art. 10 de la Ley 24.013.
- Se modificaron los montos indemnizatorios en base al salario real de la actora.

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