CLERC, LAURA ALEJANDRA c/ BANCO DE LA NACION ARGENTINA s/INDEMNIZACION ART. 212
La empleada inició demanda por indemnización por incapacidad absoluta, pero la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia que había rechazado su reclamo por falta de acreditación de la incapacidad total al momento del despido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Laura Alejandra Clerc, inició demanda contra el Banco de la Nación Argentina reclamando la indemnización prevista en el art. 212 de la LCT por considerar que al momento del despido padecía una incapacidad absoluta. El juez de primera instancia desestimó la demanda al entender que la actora no logró demostrar que detentaba una incapacidad absoluta al momento en que se extinguió el contrato de trabajo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia. Señaló que si bien la trabajadora inició el trámite de retiro por invalidez con anterioridad al despido, lo relevante es que al momento de la ruptura del vínculo, la actora no invocó ni acompañó certificación médica alguna que acreditara el grado de incapacidad requerido. Tampoco la resolución administrativa que otorgó el beneficio de retiro transitorio por invalidez tendría un valor probatorio determinante en el proceso laboral, donde la carga de acreditar la incapacidad total recaía sobre la actora. Por lo tanto, el tribunal confirmó el rechazo de la demanda.
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