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CHAVEZ CHUQUIMIA MARTIN UBALDO c/ MAPFRE A.R.T. S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La demandada apeló la sentencia que hizo lugar a la demanda por accidente de trabajo. La Cámara modificó el punto de partida de los intereses, estableciéndolos desde el 5 de enero de 2011, y confirmó el resto de la sentencia.

Intereses Accidente de trabajo Inconstitucionalidad Indexacion Consolidacion del dano

Accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó el punto de partida de los intereses, estableciéndolos desde el 5 de enero de 2011, y confirmó el resto de la sentencia. La Cámara consideró que los intereses deben correr una vez cumplidos los 30 días posteriores a la consolidación jurídica del daño, que en este caso se produjo con el alta médica del 6 de diciembre de 2010. Por el resto, confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda. En relación a la actualización del crédito, la Cámara declaró la inconstitucionalidad de los arts. 4 y 10 de la Ley 25.561 que prohíben la indexación, por considerar que en las actuales condiciones económicas ello pulverizaría el crédito del trabajador, vulnerando garantías constitucionales.

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