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KOWALUK, NORMA ELISABET c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La actora apeló la declaración de incompetencia de la Justicia Nacional del Trabajo, la Cámara confirmó la sentencia de grado al considerar aplicable el nuevo régimen de la Ley 27.348 que obliga al trámite previo ante las Comisiones Médicas.

Revision judicial Competencia territorial Accidente in itinere Comisiones medicas Ley 27 348

Accidente in itinere

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirma la declaración de incompetencia de la Justicia Nacional del Trabajo por considerar aplicable el nuevo régimen de la Ley 27.348 que obliga al trámite previo ante las Comisiones Médicas. Se fundamenta en que la Ley 27.348 es constitucional ya que cumple con los recaudos establecidos por la Corte Suprema (proceso administrativo previo con defensa del trabajador, intervención de especialistas, plazos breves, y revisión judicial plena). Además, la ley dispone que el inicio del procedimiento está sujeto a la opción del trabajador respecto de la comisión médica a la que acude, lo cual condiciona la intervención de los organismos posteriores.

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