HERRERA, FERNANDO NORBERTO c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
El actor reclamó indemnización por accidente de trabajo, la Cámara modificó la sentencia de primera instancia y dispuso la aplicación de una tasa de interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente.
Indemnización por accidente de trabajo
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia de primera instancia y dispuso que el capital diferido a condena devengará un interés puro del 6% anual desde la fecha del accidente hasta la liquidación de la indemnización, además de aplicar la actualización por el índice RIPTE.
- Fundamentos relevantes:
- La Cámara consideró que no corresponde aplicar la capitalización de intereses prevista en el Código Civil y Comercial, ya que el hecho generador del crédito (accidente de trabajo) es anterior a la entrada en vigencia de esa normativa.
- Aplica el decreto 669/19 que establece la actualización por RIPTE y el interés del 6% anual desde el accidente hasta la liquidación.
- Señala que el mecanismo de actualización por RIPTE previsto en la ley 24.557 permite llegar a un valor actualizado de la indemnización, sin que ello implique una indexación prohibida.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: