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DIAZ, SERGIO GUSTAVO c/ OMINT ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

La Cámara Nacional de Apelaciones confirma la sentencia que reconoció al actor el derecho a percibir prestaciones dinerarias por accidente laboral.

Incapacidad Accidente de trabajo Ley 24 557 Prestaciones dinerarias Adicional art 11 inc 4 ley 24 557 Adicional art 3 ley 26 773


¿Quién es el actor?

Sergio Gustavo Díaz

¿A quién se demanda?

OMINT ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamar prestaciones dinerarias por accidente laboral

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el derecho del actor a percibir las prestaciones dinerarias en los términos de la ley 24.557 como consecuencia de las tareas desarrolladas para su empleador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- No le asiste razón a la demandada respecto a la falta de aplicación del método de la capacidad restante, ya que en el caso no se verifican los supuestos que autorizan su aplicación.
- Tampoco es procedente la crítica relativa a la compensación dineraria adicional del art. 11 inc. 4 de la ley 24.557, dado que el juez puede aplicar el derecho que estime pertinente en función de los hechos alegados y probados, con prescindencia de lo invocado por las partes.
- El adicional previsto en el art. 3 de la ley 26.773 debe ser percibido junto a las indemnizaciones dinerarias, por lo que corresponde su cálculo sobre el monto de la indemnización.

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