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AMBROSI BORDO, ANDRES EDUARDO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y redujo el porcentaje de incapacidad psicológica.

Intereses Nexo causal Incapacidad fisica Incapacidad psicologica Accidente de trabajo Dictamen pericial Ley 27 348

Indemnización por incapacidad derivada de accidente de trabajo

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó el porcentaje de incapacidad física del 31,6%, pero redujo el porcentaje de incapacidad psicológica al 18,65%. En consecuencia, modificó el monto indemnizatorio. Fundamentos principales:
- El juez no se encuentra vinculado por el dictamen pericial médico, pudiendo apartarse de él si cuenta con argumentos que demuestren error. En el caso, no se demostró que el informe pericial contenga errores invalidantes.
- Sin embargo, en relación a la incapacidad psicológica, el juez consideró que de las circunstancias del accidente no surge una relación causal adecuada con un daño psicológico de tal magnitud, por lo que procedió a reducir ese porcentaje.
- Se adecuaron los intereses a lo dispuesto en la Ley 27.348.

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